La legislación colombiana, en particular el artículo 20-2 del Estatuto Tributario, prevé que las sucursales y establecimientos permanentes (EP) de sociedades extranjeras tienen la obligación de realizar y actualizar anualmente un Estudio de Atribución de Rentas (y Patrimonio) –EAR-. Dicho estudio se constituye en la base de la contabilidad de la sucursal o EP.
La materia fue desarrollada por el Gobierno Nacional en el Dec. 3026 de 2013, por lo cual desde esa vigencia fiscal toda sucursal de sociedad extranjera o EP debe contar con el EAR, so pena de incurrir en las sanciones por deficiencias en los registros contables previstas en el Estatuto Tributario.
Los principios que subyacen en dicha disposición están basados en documentos publicados por la OCDE. Por ello, nuestra experiencia en precios de transferencia y tributación internacional, respaldada con el conocimiento de Transfer Pricing Associates, permite a GLOBBAL CONSULTING ofrecer una asesoría confiable y de calidad en la elaboración y actualización del Estudio de Atribución de Rentas.
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