Causa común por valores sagrados

Artículo publicado en:Portafolio

A pesar de los presagios pesimistas de algunos, hay que reconocer que la firme marcha hacia una paz estable y duradera es una realidad de avances incuestionables.

El cumplimiento de la palabra empeñada por parte de las Farc al disponer y mantener el cese bilateral del fuego, proceder a concentrar sus fuerzas y a desarmarse, y el correlativo recibo del armamento por parte de los delegados de la ONU, dejaron con los crespos hechos a quienes al borde del paroxismo guerrerista anticipaban a los cuatro vientos la ausencia de seriedad de los insurrectos y el fracaso del proceso.

El segundo informe presentado el 19 de julio pasado por la Iniciativa Unión por la Paz, ‘Cómo va la paz’, de la Fundación Paz & Reconciliación, confirma que 7.132 armas fueron entregadas por los 6.800 guerrilleros, es decir, que en promedio por hombre se entregaron más armas que en el caso de los paramilitares y que en cualquier otro proceso de paz en el mundo.

Igualmente, señala que fueron reportadas las coordenadas de 949 caletas para su desmonte. Advierte sobre los avances en el desminado humanitario que conlleva 8 municipios libres de este maldito flagelo y la intervención priorizada de 312 municipios, la celebración de acuerdos de sustitución de cultivos ilícitos con influencia en alrededor de 80.000 familias y 65.000 hectáreas, y la salvación de más de 3.000 personas de morir o quedar heridas.

Una parte del país se ha mostrado indiferente a estos acontecimientos. A pesar de su contundencia, prefieren continuar haciendo eco de las mentiras y verdades a medias divulgadas en redes sociales de manera sistemática y con claros propósitos políticos. Mensajes combinados con calumnias e injurias.

Durante casi ocho años, los colombianos han sido forzados a presenciar el espectáculo más grotesco de expresiones de odio y pasiones desalmadas y, lo más grave, varios han dejado anidar en sus corazones el triste reflejo de ello.

Ad portas de las elecciones del 2018, Colombia aparece adolorida y maltratada por el último incidente en contra del periodista Daniel Samper Ospina, el cual, para bien de nuestra sociedad, deberá dirimirse en los estrados judiciales según lo ha manifestado el agredido.

Ante esta conducta penal, la generalidad de los periodistas de los diferentes medios de comunicación reaccionaron en forma firme y unificada para rodearlo de solidaridad, pero sobre todo, hicieron un llamado a un punto final para que terminen esta clase de conductas que denotan, en sus protagonistas, la ausencia del más mínimo respeto por la libertad de prensa y de expresión, que son garantía de nuestra democracia.

Cuando el país se enfrenta a la necesidad de continuar materializando los acuerdos de La Habana que, según la misma Fundación, benefician a las Farc en un 10% y en un 90% a todos, porque son planes que atacan las causas estructurales del conflicto, a la urgencia de que el Estado haga presencia efectiva en las zonas más afectadas por la guerra en donde esta organización era “Dios y ley” en el pasado, y de hacer causa común para enfrentar la peste de la corrupción pública que se ha visibilizado más que en otras épocas por la ardua labor de la prensa nacional; la voz al unísono de los periodistas es un ejemplo de cómo, al margen de sus propias convicciones ideológicas, las personas pueden hacer causa común por la defensa de valores sagrados de nuestro país que trascienden a los individuos.

Exdirector de la DIAN
gcotep@yahoo.com

 

Para no tomar a la ligera

Artículo publicado en:Portafolio

Recientemente, asistí a un evento convocado por una importante compañía de seguros con amplia presencia en el mercado nacional, en el cual fueron presentados a un grupo de sus clientes, entre otros temas, el de ‘la protección de datos personales’, definidos como cualquier información vinculada, o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. La exposición fue impactante y afectó a los asistentes con una profunda preocupación, ante la ausencia generalizada de conciencia sobre su importancia y los evidentes riesgos que esta figura deriva para las empresas.

Nuestra Constitución ha sido explícita al rodear de especial cuidado el derecho de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, y al exigir que en la recolección, tratamiento y circulación de datos se deban respetar la libertad y demás garantías en ella consagradas. El tema ha tenido amplio desarrollo en la Comunidad Europea desde hace varios años. En Colombia, se asumió en el 2008 cuando se expidieron las primeras normas. Pero solo hasta el 2012 fue regulado de forma completa, incluyendo en su cobertura la responsabilidad para la totalidad de las entidades públicas y privadas de los diferentes sectores y sus deberes, así como señalando los derechos que se reconocen a los titulares de los datos.

Al considerar la ley como ‘responsables del tratamiento’, a toda persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos, termina asignando a las organizaciones, la obligación de asumir la construcción de una política de gestión de la protección de la información personal que es recaudada en virtud de las diferentes actividades del negocio, extendiendo dicho deber, a aquella que arriba a sus bases de datos, desde los diferentes actores y colaboradores internos y externos que intervienen en sus cadenas productivas y canales utilizados para llegar al cliente final.

En este contexto, a más tardar el próximo mes de noviembre, las empresas deberán registrar cada una de sus bases que contengan datos personales sujetos a tratamiento, en el Registro Nacional de Bases de Datos que administra la Superintendencia de Industria y Comercio, junto con las políticas de tratamiento de la información que obligan a los ‘responsables’ y ‘encargados’, en la respectiva organización. Lo cierto es que la mayoría de los empresarios están en mora de estructurar dicha política, tarea que demanda un esfuerzo especializado de varios meses.

El incumplimiento de los deberes legales en este campo pueden conllevar multas personales e institucionales hasta de $1’378,9 millones, y medidas como la suspensión temporal o definitiva del uso de las bases de datos. Por su parte, el delito de la violación de datos personales que involucra una amplia descripción de conductas típicas, implica prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1000 salarios mínimos mensuales. Todo lo anterior, sin perjuicio de los gravosos riesgos económicos que pueden derivar por demandas civiles, contractuales y extracontractuales, que lleguen a presentar los titulares de la información que resulten afectados. Como señaló el conferencista al final de su intervención: «Afortunadamente, para las organizaciones en el país, el público no se ha enterado debidamente de sus derechos, pero pronto será muy tarde».

Gustavo H. Cote Peña
Exdirector de la Dian
gcotep@yahoo.com

 

Séptima papeleta por la paz

Artículo publicado en:Portafolio

La sociedad colombiana ha sido testigo paciente de la evolución de los diálogos de paz con las Farc durante casi tres años. No se puede negar que se han dado importantes avances, aunque los temas cruciales para la finalización del conflicto aún se encuentran pendientes de acuerdo.
Presupuesto esencial para este proceso fue el de no suspender la confrontación armada. A pesar de lo anterior, las Farc decretó de forma unilateral una tregua y, posteriormente, el presidente Santos suspendió los bombardeos a sus campamentos. Para dicho momento, a pesar de algunas voces aisladas, existía un nivel de optimismo general sobre que la luz de la paz podría estar cerca.
Culminada la tregua y reanudados los bombardeos por parte de las fuerzas del orden, los resultados son dolorosos. La pérdida de vidas humanas de ambos bandos es significativa. Los ataques a la infraestructura petrolera y eléctrica han afectado de manera sustancial varias zonas del país. Los daños a oleoductos y camiones con petróleo, han producido una consecuencia desastrosa e imperdonable: la destrucción del medioambiente. Tristemente, se han contaminado quebradas y ríos que surten del líquido esencial a la sociedad civil de importantes comunidades, pueblos y ciudades del suroccidente colombiano, que no debería resultar afectada por una guerra sin razón.
A pesar de lo anterior, y de acuerdo con informes oficiales, no puede perderse de vista que las acciones de las Farc no tienen hoy la contundencia y cobertura de hace algunos años, cuando poseían presencia en más de 250 municipios del país. Hoy, las fuerzas militares las han limitado a no más de 50 municipios. A pesar de este hecho, el conflicto evidencia unas consecuencias colaterales a todas luces injustificadas e irracionales.
Los colombianos aspiramos a una nación sin polarizaciones ni posiciones irreconciliables. Con oportunidades de educación de calidad y salud digna para todos. Con la aceptación de la diferencia, sin tener que matarnos porque se piensa distinto. Donde exista la conciencia de no hacerle a alguien lo que no queremos que nos hagan a nosotros. Con autoridades que tengan presente el interés común y la vigencia del derecho, antes que el lucro individual o el favorecimiento de intereses particulares a cambio de dineros corruptos. Con una democracia fuerte, en la que solamente tenga juego la confrontación de las ideas y bajo ninguna manera la de las armas. Con acciones conjuntas para hacerla cada vez más justa e igualitaria. Este sueño no es una quimera inalcanzable. Es absolutamente posible, en la medida en que todos apuntemos hacia esos fines. Y naturalmente, el esfuerzo en este sentido pasa por la culminación exitosa de los diálogos y la anhelada paz.
La generalidad del pueblo colombiano se encuentra apesadumbrado y estima maltratada su esperanza. Por ello, ha tomado cada vez mayor espacio en la opinión pública, el establecer una fecha máxima para que culminen los diálogos.
Como se ha indicado por diferentes actores políticos, una ‘séptima papeleta’ en las elecciones de octubre, podría convalidar este grito del pueblo colombiano, al cual nos sumamos porque, por el bien de la patria, ya es hora de que los comandantes guerrilleros en La Habana hagan un esfuerzo mayor por concretar un pronto resultado.
Gustavo Humberto Cote Peña
Exdirector de la Dian
gcotep@yahoo.com

 

Enredos para la Dian

La notificación de las liquidaciones oficiales y las sanciones que son aplicadas por la Dian y las administraciones impositivas territoriales, deben cumplir las condiciones indicadas en el Estatuto Tributario Nacional (E.T.).

Desde hace varios años se introdujo la posibilidad de notificarlas mediante su envío por correo a la última dirección informada.

En esta forma, la ‘dirección’ del contribuyente se convirtió en requisito esencial para la validez de la publicidad de esta clase de actos administrativos, hasta el punto que si no se le respeta, podría generarse ilegalidad de la actuación y, con ello, frustración para el Estado al ver caer sus decisiones, como ocurre a menudo, en los tribunales administrativos y en el Consejo de Estado.

El Artículo original que correspondía a una norma de 1987, preveía que estas notificaciones debían efectuarse a la dirección informada por el contribuyente “en su última declaración de renta o de ingresos o patrimonio” o en “formato de cambio de dirección”.

Cuando en el 2003 se le dio soporte legal al RUT, se entendió que este era el medio legalmente idóneo para ubicar al contribuyente y, por tanto, se estimó que estas frases quedaban derogadas. El decreto que eliminó algunos trámites engorrosos del Estado, incluyó varias medidas para agilizar las notificaciones de la Dian. Entre ellas, las que permiten utilizar su portal web para notificar, mediante aviso, los actos enviados por correo que por cualquier razón sean devueltos, así como aquellos frente a los cuales no haya sido posible establecer una dirección por los medios indicados en la ley.

Estos medios son los que señala el referido artículo del E.T., que aparece ahora modificado. Sin embargo, se observa un desafortunado descuido al haberse perdido de vista el pequeño antecedente histórico aquí reseñado, y haber incorporado el texto completo de la nueva norma, con las frases que ya habían perdido vigencia. Es decir, lo derogado por el RUT, aparece ahora revivido con las nuevas normas antitrámites.

Lo grave del punto es que esta situación puede echar por tierra todas las actuaciones de la Dian, porque desde hace varios años en las declaraciones de renta no se informa dirección alguna. Luego la Dian, no tendría dirección valida reciente a donde notificar sus actos. Pero este no es el único enredo que afronta la entidad. En comunicado de prensa del 25 de enero se dio a conocer el formulario para que las empresas declaren renta del 2011, pasando de 87 renglones a 816 con información numérica fiscal y contable para quienes en el 2010 obtuvieron ingresos brutos o patrimonio bruto superiores a 3.000 millones de pesos.

 

Con esta ‘genial medida’, el país retrocede 26 años, cuando operaba un gran número de anexos y un formulario que por su tamaño ni siquiera se podía diligenciar en las arcaicas máquinas de escribir. Lo reprochable de esta decisión radica en que toda la nueva información que se solicita es entregada con mayor desagregación por la vía de la información exógena, y esta tradicionalmente es poco utilizada. Frente a tantas situaciones preocupantes que afronta el país, sería conveniente que los subalternos del presidente Santos le eviten hacer más difícil sus ingentes esfuerzos por poner a marchar el ‘Buen Gobierno’.

 

Gustavo H. Cote Peña

Exdirector de la Dian

Al oído del señor Ministro

La filtración ‘involuntaria’ que dio a la luz el proyecto de reforma tributaria se convirtió en un hecho favorable tanto para el gobierno como para la gente del común.

Para beneficio de la sociedad se descartó gravar la canasta familiar con IVA y, para el Gobierno, se midió el efecto que podrían generar algunas de sus medidas.

El jefe de la cartera de Hacienda ha anunciado que se busca favorecer a las personas de menores ingresos y presionar a aquellas con mayor capacidad económica para que aporten al fisco nacional, teniendo en cuenta que, en muchos casos, las primeras terminan pagando más impuestos que las segundas.

Afirma que el proyecto se centra en recuperar la equidad, y con ese objetivo propone eliminar beneficios y cerrar espacios proclives a la evasión fiscal. Estas pretensiones son loables.

El proyecto conocido comprende más de 650 artículos. Su extensión obedece a que se presenta el Estatuto Tributario en su integridad, lo cual puede dificultar su trámite, pues incluye normas idénticas a las que existen en el Estatuto vigente.

Lo único que podrían generar éstas últimas es distraer la atención de las verdaderas novedades propuestas.

Lo recomendable sería que se limitara a incluir los cambios y dejar la presentación del “Estatuto Integrado” como un documento de soporte para el análisis de las modificaciones en contexto.

Respecto a la equidad, el señor Ministro ha ventilado en varios medios el tema de los pequeños asalariados y trabajadores independientes, señalando que se les va a dar la posibilidad de presentar de forma “voluntaria” declaraciones de renta, con el fin de que puedan recuperar las retenciones que se les descuentan. Vale la pena advertir que la gran mayoría de estos contribuyentes no está hoy sometido a retención en la fuente, por lo que no resulta honesto que presente argumentos que no corresponden a la realidad.

Si fuera válida la medida, por estar buscando gravar a quienes no lo están, la solución pasaría simplemente por la reducción de las tarifas de retención, sin mayores cambios de orden legal y sin originar procesos de devolución.

La propuesta hace recordar el error estratégico de una empresa de telefonía celular, que después de una exitosa promoción, obtuvo una respuesta inmensa de clientes, pero no estuvo en condiciones de administrar.

Algo similar podría suceder.

Hoy, la DIAN, a pesar de haber incluido mayores obligados a declarar e informar vía Internet, y exigir más información (Recuérdese el anexo de renta con más de 450 renglones), ha mostrado improvisación, hasta el punto que la ampliación de plazos frente a la constante caída de sus sistemas informáticos se volvió cosa de casi todas las semanas.

Además, las devoluciones se han convertido en un verdadero calvario para los empresarios, ya que al poco ágil procedimiento adoptado en la última reforma, se ha sumado un sentimiento generalizado en la DIAN de desconfianza frente a todo aquel que las solicite. Se preguntará el lector, ¿qué pasaría si un número mal estimado de tan solo 1.000.000 de trabajadores resultara ahora gravado y procediera a solicitar devolución?

¿Cuál sería el efecto para estos y para todos los que tradicionalmente han tenido derecho a este trámite? La respuesta la tiene el señor Ministro.

Gustavo Cote Peña

Exdirector  de la Dian

Control fiscal de fondo

La selección de las empresas que van a ser objeto de fiscalización por parte de la DIAN debe estar impregnada de objetividad.

Cuando la sociedad conoce que ella se realiza con imparcialidad, se empieza a materializar un riesgo real que permite generar en los contribuyentes la percepción de una alta probabilidad de ser sometidos al control fiscal y, con ello, se impulsa el mejoramiento de su conducta tributaria.

El ejercicio de la actuación fiscalizadora debe respetar, además, los principios de economía y de eficacia, es decir, debe realizarse sin ocasionar gastos innecesarios y garantizando que se logren los fines para los cuales se encuentra prevista.

Por estas exigencias legales es que resulta reprochable limitarla a procesos que no inciden en más recaudos, porque se orientan a sancionar incumplimientos relativos a deberes formales que no ocasionan daño alguno y que en nada afectan al Estado ni a terceros.

Este proceder había sido común en el seguimiento oficial al cumplimiento del Régimen de Precios de Transferencia (PT).

Desde esta columna, cuando se hacía una crítica a la decisión, que luego fue revocada, de obtener la misma información de PT por dos vías diferentes, se mencionaba cómo por más de 7 años la Dian se había limitado a ejercer la supervisión limitándola a aspectos solo formales y dejando de lado lo sustancial, que en este ámbito resulta ser cantera muy productiva en términos de recaudo del impuesto de renta. Las investigaciones se habían centrado en perseguir la presentación de declaraciones informativas omitidas, cuando ya no servían para nada por encontrarse en firme la declaración de renta.

Para cumplir las obligaciones de PT, el contribuyente compara sus operaciones realizadas con vinculados económicos del exterior, con operaciones similares de diferentes empresas del mundo, para demostrar que no está manipulando sus precios y márgenes.

Es natural que para obtener conclusiones válidas se deban efectuar ajustes técnicos y económicos en forma previa a la aplicación de los métodos legales previstos para el efecto. Resulta prácticamente imposible, que una comparación de los estados financieros del contribuyente con los estados financieros de los comparables, pueda arrojar dichas conclusiones, sin que se den tales ajustes, dadas las particularidades de cada ente empresarial.

Con satisfacción se ha conocido en las últimas semanas, que por fin la Dian dejó de lado el control de la forma, para introducirse en el camino de la fiscalización de fondo, al enviar requerimientos a contribuyentes para que expliquen los ajustes efectuados en sus estudios de PT del 2010.

A pesar de que han pasado 8 años desde la adopción de este régimen, hay que felicitar a la Subdirección de Fiscalización Internacional por este proceder.

Lo importante es no dejar de lado la verificación de aquellos estudios que no presentan ningún tipo de ajustes y se avance aún más en examinar otros aspectos sustanciales, como por ejemplo: la realidad de las empresas comparables, así como de su información contable y de las fuentes utilizadas para su selección.

Esta opción va a resultar más productiva para el Estado y más ejemplificante para que los contribuyentes asuman estas responsabilidades con mayor seriedad.

Gustavo H. Cote Peña

Exdirector de la Dian

El valor del Coaching

Por: Alejandro Delgado-Perea -Coach profesional Certificado ACC/ICF

 

Las personas son por naturaleza transcendentes, completas, creativas y están llenas de recursos. Esta es una premisa fundamental que subyace en el Coaching. Investigaciones ponen de manifiesto que cuando los líderes tienen altas expectativas y confían en su grupo –aún más allá de sus capacidades aparentes-, el rendimiento y los resultados superan todo pronóstico.

En un entorno en el cual los integrantes de una organización son valorados, en el que se les anima a que se enfoquen en el desarrollo de lo que es más importante para ellos, donde los valores corporativos y los individuales está alineados y son coherentes con el desarrollo integral de la persona, se observa un clima propicio en la organización que se refleja en la satisfacción de las personas en su puesto de trabajo que, sin duda, conduce a la productividad.

 

Qué es Coaching

El Coaching profesional es una relación que ayuda a las personas a generar cambios significativos y producir resultados extraordinarios en sus vidas, carreras, negocios y organizaciones. A través de un proceso de coaching el cliente eleva su conciencia, profundiza su aprendizaje, mejora su desempeño y enriquece su calidad de vida.

La relación entre el Coach y su cliente se construye para acompañar y apoyar a este último en el logro de resultados extraordinarios, con base en metas que el mismo cliente establece, y en el conocimiento o descubrimiento de su propio potencial. El cliente puede experimentar nuevas perspectivas en relación con sus desafíos y oportunidades, mejorar sus habilidades para tomar decisiones, elevar la conciencia de sí mismo, mejorar su efectividad interpersonal y aumentar su confianza y competencias en el desarrollo de los roles que escoge para su trabajo o su vida. Desde el coaching se forma un compromiso mutuo para que el cliente asuma la responsabilidad con el logro de los propósitos que busca, bien sea en sus relaciones con los demás, productividad, satisfacción personal con la vida o con el trabajo, propósito vital y, en general, metas personalmente significativas.

El coaching se construye a partir de la alianza que se crea entre el coach y su cliente (coachee). El coach ve a su cliente en toda su potencial, no se forma juicios sobre él sino que, por el contrario, lo acompaña, sin protegerlo, porque de lo contrario sería restarle grandeza. Desde esa alianza se construyen formas de diálogo, posibilidades para preguntas reveladoras y espacios de aprendizaje.

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MBC Morison Consulting ahora es Globbal Consulting

En la búsqueda de ofrecer productos cada vez más confiables y de mejor calidad, y ampliar nuestro portafolio de servicios, hemos profundizado la alianza con otras firmas especializadas de talla mundial -entre ellas Transfer Pricing Associates. Por ello, hemos terminado nuestra alianza con Morison International, red por la cual ratificamos nuestro aprecio y agradecimiento y con cuyas firmas miembro conservaremos las excelentes relaciones de negocios y cooperación internacional que hemos tenido por más de 9 años.

Desde ahora somos GLOBBAL CONSULTING SAS o, más simple, GLOBBAL!!

Una sentencia política

En nuestro país, todos los ciudadanos, sin distingos de rango o condición, debemos respetar las decisiones judiciales.

El 10 de enero de 2012 hicimos un llamado a la Corte Constitucional para que frente a las dudas existentes sobre la vigencia de la ley de reforma tributaria del 2010, se pronunciara pronto sobre las demandas que estaban en trámite, para superar la incertidumbre en la presentación de las declaraciones de renta 2011. En Comunicado del 15 de enero, se informó que en Sentencia C-024 la Corte decidió inhibirse sobre el tema, porque no tenía competencia para juzgar la operación administrativa de impresión y publicación de una ley.

Posteriormente, el señor Ministro de Hacienda realizó una serie de pronunciamientos sobre la existencia de irregularidades en el proceso de publicación de la ley, llegando incluso a afirmar por escrito en una columna de El Tiempo(12-02-12) que detrás de dicha situación se encontraban “lobbistas” solidarios con los ricos del país y en contra de los pobres. A los pocos días cambió su versión en un foro gremial para referir la misma imputación afirmando: “»alguien que está en esta mesa, o en este salón o está en un salón de la Andi, le pagó a alguien para que no pusiera a funcionar la imprenta”.

Cumplida esta estrategia de ambientación con un amplio eco en los medios de comunicación, en comunicado del 24 de enero se dio a conocer un nuevo fallo de la Corte (Sentencia C-076) que declara exequible la reforma con argumentos que modifican la posición adoptada por la guardiana de la Carta Política en otros casos, en los cuales se habían aprobado, por el Congreso de la República, decisiones de gran trascendencia nacional.

Sobre la aplicación de algunas normas a partir del 2011, la Sentencia cuestiona las pruebas recaudadas porque “…las certificaciones (…) generaban duda razonable respecto de la transparencia y legalidad de la operación administrativa de publicación,…”, y concluye que sí rigen a partir de dicho año.

Los mismos magistrados que salvaron el voto en la primera Sentencia, lo hacen en esta ocasión y “…expresan de nuevo su preocupación por el hecho de que, en asuntos sensibles para la sociedad o que puedan tener un profundo impacto económico, se antepongan criterios de orden estrictamente pragmático y no de naturaleza constitucional,…”.

En nuestro país, todos los ciudadanos, sin distingos de rango o condición, debemos respetar las decisiones judiciales, así, desde un punto de vista académico no compartamos su sentido y fundamentos. En concordancia con ello, le corresponde a la Corte Constitucional compulsar copias del expediente a la Fiscalía para ayudar a que el proceso, que seguramente inició el señor Ministro de Hacienda para investigar las conductas mencionadas, aplique el peso de la justicia a sus autores, así como las consecuencias del caso por las certificaciones que generaban “… duda razonable respecto de la transparencia y legalidad de la operación administrativa de publicación…” de la ley.

Si bien la Corte cerró cualquier cuestionamiento legal sobre los temas resueltos, sí resulta importante para la credibilidad pública en la vigencia del Estado de Derecho, que el proceso penal llegue a su culminación, y se conozca claramente si las publicitadas irregularidades en la publicación de la Ley 1430 de 2010, fueron una realidad o por el contrario corresponden a otro ‘falso positivo’.

 

GUSTAVO H. COTE PEÑA

EXDIRECTOR DE LA DIAN 

Periodismo y seguridad

Para estimular la presencia de nuevos agentes económicos e inversión en el país, debe imperar la ‘seguridad’ en todas sus dimensiones.

Esta debe estar presente en la mente colectiva e individual y percibirse como un ingrediente natural del desenvolvimiento de las actividades diarias.

El derecho existe para facilitarla, y el Estado, actuando dentro de la ley y la Constitución, debe hacerla una realidad.

Este concepto se materializa a través de la estabilidad de las normas jurídicas; la disminución de atentados contra la vida, honra y bienes de los ciudadanos; la prevención de delitos de cualquier índole; el control y la sanción a la corrupción pública; de una pronta y eficiente administración de justicia; del comportamiento ejemplar de los miembros del Congreso, alto Gobierno Nacional o territorial, las altas cortes y la judicatura.

Pero ella no solo compete al Estado. En esta labor inciden, en forma importante, otros agentes sociales.

Es reconocido el carácter de ‘cuarto poder’ que encarnan los medios de comunicación y, con ellos, los periodistas, quienes por su gran influencia en la sociedad tienen la obligación de actuar con suma prudencia, seriedad y objetividad.

En Colombia, gracias a quienes se dedicaron en el pasado y se dedican hoy al ejercicio responsable y profesional de esta tarea, se han logrado impulsar gestas por la recuperación moral del acontecer político nacional, se han conocido los peores casos de la corrupción pública y se ha orientado el camino colectivo y pacífico del descontento generalizado frente a acciones que atentan directamente contra el colombiano del común y sus instituciones, como fue el caso de la protesta estudiantil por el intento de privatizar la universidad pública, y la reacción reciente de rechazo al espectáculo grotesco de la reforma a la Justicia.

En una intervención radial, una ilustre periodista presentaba una descripción apocalíptica del panorama nacional en materia de orden público, mostrándolo como si de la noche a la mañana se hubiera pasado de un ambiente de total paz y tranquilidad a uno de arreciado conflicto e inseguridad.

Esta clase de intervenciones pierden de vista que no es cierto que en los años anteriores al 2010 se hubieran eliminado totalmente las acciones violentas de los grupos al margen de la ley y que el actual Gobierno y sus Fuerzas Armadas no estén actuando con firmeza y contundencia contra ellos.

A pesar de la negativa oficial en la época del anterior Gobierno, informes de los organismos de seguridad y de organizaciones civiles anotan la presencia en los años 2002 a 2010 de un gran número de atentados cometidos por grupos ilegales, que, incluso, permitieron la calificación de ‘terroristas’ a las Farc en escenarios internacionales.

A su paso, es conocido el total descalabro que en esos años presentó la seguridad urbana.

Desafortunadamente, como alguien decía, “los colombianos tenemos memoria de 24 horas”. Pero, a pesar de este conflicto, de ayer y de hoy, los negocios han continuado y la economía nacional ha mantenido su rumbo.

Poco favor se hace al país con esta clase de opiniones públicas, pues terminan convirtiéndose en factor adverso para atraer inversión y orientando los nuevos proyectos productivos a otras latitudes.

Gustavo H. Cote Peña

Exdirector de la Dian