Proveedores ficticios: ¿de dónde surgen?

Artículo publicado en:Dinero

El documento publicado por la Dian denominado “Rendición de Cuentas–2017- Versión 1” que comprende la presentación de su gestión durante el período comprendido entre septiembre de 2016 y agosto de 2017, advierte que el recaudo esperado para el 2017, es del orden de 142,1 billones de pesos, lo que representa una carga tributaria cercana a 15,5 puntos del PIB y un crecimiento frente a lo obtenido en el 2016 del 12,1%, incluyendo en esta cifra el impacto por las medidas adoptadas en la última reforma tributaria vigentes a partir del 1 de enero de 2017 y “…el esfuerzo institucional… de la gestión realizada para la recuperación de cartera, así como para combatir la evasión y el contrabando.”
Según el comunicado de prensa de la misma entidad del pasado 10 de octubre de 2017 sobre el comportamiento de los recursos tributarios, el acumulado en los primeros 9 meses del año alcanzó la suma de 108,7 billones de pesos, suma que implica un crecimiento del 6,8% respecto del mismo período del 2016. La cifra informada no es nada tranquilizadora, pues faltando sólo tres meses para que termine 2017, lo obtenido sólo alcanza a llegar a un 76,4% de la meta esperada.
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Si para comienzos de octubre sólo restaban unas pocas personas naturales por declarar y pagar impuesto de renta (solo los NIT terminados del 25 al 01) y que por los últimos meses del año no puede afirmarse que el comportamiento pueda ser similar al de los primero 9 meses, en los que se concentró el pago de este tributo por los grandes contribuyentes, las personas jurídicas y la mayoría de las demás personas naturales, es difícil aceptar que pueda superarse la meta fijada. Esta situación llevaría a la triste realidad de que sería difícil llegar a obtener un recaudo muy superior al del 2016.
No puede olvidarse que el monto de la evasión que sirvió de marco al debate de la reforma tributaria aprobada en diciembre de 2016, fue estimado por el Ministerio de Hacienda para el IVA en el 23% y para renta en alrededor del 39%, sumando a este panorama una suma aproximada a los US$7 mil millones anuales por el contrabando.
El informe de gestión citado advierte los esfuerzos que se han venido adelantando, entre otros, en el campo de la fiscalización, e indica que el resultado del “plan de choque contra la evasión” en los primeros 9 meses del 2017, arrojó $2,96 billones frente a la meta fijada para estos meses de $2,4 billones. Estos logros no son nada despreciables, pero podrían ser más significativos.
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Son diversas las acciones de control en marcha reportadas por la administración tributaria. Entre ellas se incluye una específica que merece especial consideración, la que recae sobre “Operaciones con proveedores ficticios”, que contrasta con el informe publicado en su página web, con corte a septiembre de 2017, sobre las personas que han sido declaradas con ese calificativo. Lo reportado por la Dian en las 6 principales ciudades del país, que concentran la mayor parte de los contribuyentes, arroja un exiguo resultado en los últimos tres años. Del total de los tan sólo 52 actos administrativos proferidos, 45 corresponden a personas naturales y 6 a personas jurídicas. Y de ellos, se concentran en el año 2015 casi el 90% de los producidos, pues en el 2016 solo fueron 6 (5 en Bogotá y 1 en Pereira) incluyendo una sola persona jurídica, y en lo corrido del 2017 no se ha notificado ninguno.
La gravedad del comportamiento irregular que persigue este programa de control se puso en evidencia pública, en las recientes noticias de los medios que informaron de la acción conjunta de la Dian y la Fiscalía, sobre el comportamiento de algunos directivos de ciertas empresas que al parecer, ayudados por una oficina de abogados en Panamá, venían utilizando sociedades ubicadas en paraísos fiscales para soportar en sus declaraciones de renta gastos inexistentes en el exterior.
Por ello, se echa de menos que la Dian no haya incrementado su actuar fiscalizador en los últimos años para detectar un número mayor de proveedores ficticios. Sobre todo, cuando cuenta con las herramientas informáticas para generar los insumos necesarios que permitirían realizar una amplia actividad de detección de este tipo de conductas a lo largo y ancho del país, a través de procesos no sólo relacionados con el impuesto de renta sino, incluso, con el IVA.
Según el citado informe de rendición de cuentas, los inscritos en el RUT a agosto de 2017 alcanza la nada despreciable cifra de 14‘770.987 contribuyentes. De ellos, seguramente existe una cantidad importante de sociedades que no aparecen presentando declaración de renta por los últimos años. Si se realizara un cruce elemental de estos “reincidentes no declarantes” por varios años, con los datos reportados por las empresas en la “información exógena anual”, seguramente se identificarán que algunas de aquellas están soportando costos, gastos e impuestos descontables de éstas últimas. Y si se cumplieran las verificaciones necesarias, se podría establecer que, en muchos casos, los cruces no corresponden a operaciones reales.
Los limitados procesos de determinación oficial realizados a partir de supuestos como los aquí comentados, han confirmado que, las sociedades inactivas han venido siendo utilizadas por contadores inescrupulosos y empresarios irresponsables, que las han identificado como tales, para soportar transacciones irreales en declaraciones de IVA y de Renta. Esta realidad, sin lugar a dudas detectable a una mayor escala, debería estar en el orden del día de las prioridades a controlar por parte de la Dian. Sobre todo con el fin, no sólo de mejorar la recaudación, sino de establecer hasta donde se ha contado o no con la colaboración al interior de la institución, para la ubicación de dichas sociedades.
gcotep@yahoo.com

 

Evasión, reforma y credibilidad de la Dian

Artículo publicado en:Portafolio

Colombia presenta altos índices de evasión. La Comisión de Expertos Tributarios afirma que en el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas está cerca del 39 por ciento, y que, según el FMI, en el IVA se ubica alrededor del 40 por ciento.

A lo anterior se suma el contrabando, que de acuerdo con la Dian, se encuentra entre 6 y 7 mil millones de dólares anuales. Ahora que estamos a pocas semanas del momento en que el Gobierno Nacional concrete el proyecto de ley de reforma tributaria estructural, el panorama desolador descrito no puede ser ignorado por el Ministro de Hacienda, ni por los parlamentarios que tienen la responsabilidad conjunta de introducir modificaciones al sistema tributario, que, en opinión del señor Presidente, se caracteriza por ser “ineficiente, inequitativo, que estimula la evasión, la elusión y que es poco atractivo para los inversionistas, porque los que pagan sus impuestos acaban pagando demasiado”. Al diagnóstico expresado por quien desempeña el primer cargo de la nación, debe agregarse el caso de aquellos pocos colombianos que, a pesar de concentrar gran parte de la riqueza nacional y una significativa capacidad contributiva, no pagan nada al Estado, o lo hacen de forma mínima, jalonando al alza los porcentajes citados.

Dejar de lado esta realidad permite que haga carrera la indebida recomendación de los Expertos de incorporar a una buena cantidad de colombianos en la obligación de declarar y finalmente tributar en renta, no obstante que sus ingresos escasamente les alcanzan para suministrar los elementos básicos y esenciales para la subsistencia de sus familias. Esta población, que pertenece a la clase media, adicionalmente tendrá que asumir de manera inexorable el impacto negativo en sus bolsillos, que, con seguridad, derivará de los cambios en materia del IVA cuando adquieran los bienes y servicios, una vez rijan las nuevas tarifas ya anunciadas.

Si bien el proyecto pretenderá subsanar tales deficiencias con ajustes sustanciales a los tributos existentes, tampoco podrá desconocer los índices aquí recordados, para involucrar medidas que mejoren la eficiencia de control por parte la Dian, asignándole recursos adicionales para modernización tecnológica, fortalecimiento de sistemas informáticos, implantación de control efectivo a la corrupción interna, aumento del personal y su capacitación, así como para normalizar la vinculación de los empleados supernumerarios, que, por llevar muchos años sin formar parte de su planta de personal, tienen ya una experiencia adquirida que no puede despreciarse.

A pesar de sus limitados recursos humanos y técnicos actuales, la Dian hoy debería hacer un mejor esfuerzo para evitar las demoras en disponer de los sistemas específicos para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones. Este año se volvió a repetir la historia de periodos anteriores. Para los deberes en precios de transferencia, los validadores en su página de internet solo estuvieron listos dos días antes del primer vencimiento, y durante este día presentaron errores que impedían la presentación de las declaraciones informativas. Este proceder perjudica injustamente a los contribuyentes, los desestimula y, por la vía de la pérdida de credibilidad la entidad, beneficia la evasión fiscal. Si bien la reforma deberá ocuparse de los temas mencionados en beneficio de la entidad, debería igualmente establecer normas de garantía que permitan la prórroga automática de los plazos de cumplimiento por 15 días hábiles, cuando los sistemas de la Dian no estén listos, al menos con tres meses de anterioridad a la primera fecha de vencimiento de los respectivos plazos.

Gustavo H. Cote Peña
Exdirector de la Dian
gcotep@yahoo.com