Obligaciones Tributarias Urgentes de las Sucursales y Establecimientos Permanentes
- •NUEVA OBLIGACION. Estudio para la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a cada establecimiento permanente y/o sucursal.
La última reforma tributaria (Ley 1607 de 2012) señaló que a partir del año 2013, los establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras en Colombia, deben llevar una contabilidad separada, la cual debe estar debidamente soportada en un Estudio para la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a cada establecimiento permanente y/o sucursal.
Su preparación debe hacerse de acuerdo con el Principio de Plena Competencia (PPC), para efectos de la determinación de los activos, pasivos, capital, ingresos, costos y gastos que les son atribuibles durante un año o periodo gravable.
El no contar con el estudio, o poseerlo sin la adecuada elaboración técnica, conlleva una irregularidad en la contabilidad que puede ser sancionada por la DIAN con multas hasta de 20.000 UVT ($549.700.000 para el año 2014), sin perjuicio del posible rechazo de costos y deducciones.
- OBLIGACIONES EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA: Declaración Informativa y Documentación Comprobatoria
Como todos los años, las empresas que durante el 2013 hayan realizado operaciones con vinculados ubicados en el exterior y cumplan las demás condiciones indicadas en el Estatuto Tributario, deben presentar ante la DIAN, la declaración informativa de Precios de Transferencia y la Documentación Comprobatoria, con las cuales demuestren, que las mismas cumplen el Principio de Plena Competencia. Los plazos para cumplir con estas dos obligaciones, vencen el próximo mes de septiembre.
Adicionalmente, la misma reforma tributaria atrás mencionada introdujo cambios en el Régimen de Precios de Transferencia a partir del año 2013 y señaló que las empresas deben cumplir con las obligaciones en esta materia, por las operaciones que realicen con sus vinculados que estén ubicados en Zona Franca.
El incumplimiento de estas obligaciones genera igualmente sanciones cuantiosas.