“Reforma tributaria pretende apagar un incendio: desfinanciamiento del presupuesto 2019”
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Gustavo Humberto Cote Peña, exdirector de la Dian asegura que la inclusión de nuevos niveles en la tabla de tarifas de la declaración de renta, para gravar a quienes perciben ingresos altos, es una decisión válida que le imprime algo de progresividad al impuesto de renta.
¿Que se cayera el IVA para el 80 % de la canasta familiar era algo que se esperaba? ¿Se puede interpretar como una derrota para el Gobierno?
Sin lugar a duda, la medida desde un principio estaba condenada a desaparecer del proyecto. El presidente y el ministro de hacienda, al proponerla, perdieron de vista que con ella se afectaba al grueso de la población colombiana que integra la clase media, la cual había resultado perjudicada en forma sustancial con la anterior reforma tributaria. Recordemos que con las decisiones incluidas en la Ley 1819 de 2016 no solo tuvo que padecer, como toda la sociedad colombiana, el fuerte impacto del aumento de la tarifa IVA en el 2017 del 16 % al 19 %, sino que, además, resultó castigada con un fuerte incremento en su carga tributaria.
“el Gobierno resulta haciendo una “carambola a tres bandas”: disminuye los requerimientos iniciales de los 14 billones de pesos en 5,2 billones, beneficia a la clase media y le resta ruido al trámite del proyecto”
Sin embargo, no puede hablarse de una derrota para el Gobierno. La decisión de retirar la propuesta del proyecto beneficia a sus aspiraciones recaudatorias, pues con ella garantiza mantener recursos por la suma de 5,2 billones de pesos, que corresponden a los 2,6 billones de pesos que ya no se van a devolver a los pobres y los 2,6 billones de pesos de un punto del IVA que ya no va a perder con una tarifa reducida al 18 %. De acuerdo con lo anterior, y como lo dijimos en otros escenarios, el Gobierno resulta haciendo una “carambola a tres bandas”: disminuye los requerimientos iniciales de los 14 billones de pesos en 5,2 billones, beneficia a la clase media y le resta ruido al trámite del proyecto, ruido que bien pudo ser obviado desde un principio para ahorrarse un ingrediente más de los factores determinantes del rápido desgaste de la imagen del señor presidente.
¿Qué opinión merecen propuestas como el impuesto al consumo para vivienda mayor a 888 millones de pesos y gravar las motos de 200 cc con una tasa de 8 %?
No se puede perder de vista que esta reforma tributaria es eminentemente fiscalista, pues se trata de obtener recursos para equilibrar el presupuesto de la nación por el año 2019. Por ello, aparecen esta clase de medidas orientadas a encontrar más ingresos tributarios. Frente al impoconsumo a la vivienda, si bien el Gobierno aspira a originar con él recursos adicionales en cuantía de 980.000 millones de pesos, debe tenerse en cuenta que, en relación con la vivienda nueva, la anterior reforma había gravado con IVA al 5 % su venta cuando el valor excedía de 26.800 UVT (854 millones de pesos para 2017). Ahora se propone sustituirlo por este nuevo tributo. Faltaría entonces que el Ministerio de Hacienda establezca cuál sería el mayor recaudo que realmente podría obtenerse con esta decisión.
Sobre su impacto en el mercado de los inmuebles para vivienda, estimo que no va a ser muy significativo, pues por la cuantía a partir de la cual se causa el impuesto, su incidencia se ubica en un sector de la población muy reducido, que cuenta con la capacidad económica suficiente para asumir, sin problemas, el efecto en el precio de este costo impositivo, aunque no dejarán de existir los “avivatos” que la aleguen para encarecer viviendas por debajo de la cuantía indicada.
La anterior reforma tributaria dispuso en el numeral 7 del artículo 512-5 que las motos de hasta 200 c.c. estaban excluidas del impocosumo del 8 %. Ahora, en la ponencia expresa que se “incluye la derogatoria del numeral 7 del artículo 512-5 del Estatuto Tributario, con el propósito de gravar las motos y motocicletas con el impuesto al consumo”, es decir, no se trata de gravar solo las de 200 c.c., sino todas las motos por debajo de esta característica, con el 8 % de impoconsumo. En consecuencia, se afectará en mayor medida a las personas con menos recursos, que no cuentan con la capacidad suficiente para adquirir un vehículo y podían optar por una moto de cilindraje inferior a los 200 c.c. a un precio sin impuesto; por otro lado, encarece un poco su adquisición en beneficio del medio ambiente para protegerlo del ruido y de la contaminación.
¿Gravar las bebidas no alcohólicas y las cervezas es una buena estrategia de recaudo?
Como estrategia de recaudo no puede criticarse, pues está en armonía con las pretensiones de la reforma en trámite. No se trata de gravar algo que no está sometido al impuesto; lo que se plantea es extender el IVA de esos productos a toda la cadena de su distribución.
La nueva ponencia establece una tarifa adicional de 39 % para gravar a las personas naturales que ganan hasta 100 millones de pesos, además de unificar las cédulas
Todo lo que se lleve a cabo en aras de hacer más simple la determinación del impuesto sobre la renta de los contribuyentes es correcto. Con mayor razón para las personas naturales que, en su gran mayoría, son los trabajadores asalariados e independientes que se encuentran en el país. La inclusión de nuevos niveles en la tabla de tarifas, para gravar a quienes perciben ingresos altos, es una decisión válida que le imprime algo de progresividad al impuesto de renta. Pero yo insisto en que esta medida no es suficiente para llegarle a quienes ostentan la condición de percibir ingresos muy superiores a los que se consideran altos y que provienen de los dividendos, a la vez que integran un muy reducido grupo de ciudadanos. La ponencia conserva una cédula especial para esta clase de rentas y aumenta la tarifa de los dividendos a 15 %, a partir de la suma de 10,3 millones de pesos; para ganar más progresividad se debería incrementar aún más esta tarifa.
La decisión de unificar las cédulas en una general, separada de otra para las pensiones, es una decisión que va acompañada de otro cambio, el cual implica aumentar del 35 % que estaba en el proyecto inicial al 40 % el límite para los gastos y exenciones. Sin embargo, mantiene el tope de los 5.040 UVT ($172.127.000), que viene establecido desde la anterior reforma tributaria.
Algunos ponentes han dado declaraciones de que igualmente rescataron la exención para el 25 % de los ingresos laborales y por honorarios. No obstante, han perdido de vista que esta concesión resulta afectada por el límite comentado del 40 %. Por lo anterior, en la práctica dicho porcentaje reduce la exención a un simple 10 % de los ingresos anuales. Cabe recordar que el 25 % no es una concesión gratuita del legislador, pues, como lo ha expresado la Corte Constitucional, esta exención busca proteger de la tributación aquella parte de los ingresos que corresponden al denominado “mínimo vital”, el cual permite la subsistencia de la persona. Por esta razón, el Congreso debería excluirlo del límite del 40 %.
Un gravamen a las pensiones preocupaba a los contribuyentes, pero finalmente no se dio. ¿Es un triunfo para quienes aspiran a pensionarse algún día?
Con la incertidumbre que tiene nuestro país en todos los aspectos relacionados con los tributos, no puede afirmarse que sea un triunfo para quienes no tienen pensión hoy en día y que aspiran a contar con ella en el futuro. A la sociedad colombiana no le debe caber la menor duda de que en uno o dos años tendremos otra reforma tributaria, porque la actual fue diseñada y reestructurada para apagar un incendio en el presente, correspondiente al desfinancimiento del presupuesto del 2019. Adicionalmente, dicha reforma descuida la recaudación que se va a requerir en los años siguientes. Para quienes ya perciben una pensión, puede afirmarse que se trata de un triunfo; sobretodo para las de menor cuantía, que son las de la mayoría de los pensionados