Boletín Tributario #76

LEYES

 

Contenido de la Ley

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“Por la cual se dictan disposiciones para la transformación energética, la dinamización del mercado energético y la reactivación económica del país”

Ley 2099 del 10-07-21

La Ley introduce varias modificaciones a la Ley 1715 de 2014 para ampliar su contenido a energías diferentes a la eléctrica y a la gestión eficiente de energía (GEE). En concordancia con lo anterior sus Arts. 8, 9 y 10 modifican los Arts. 11, 12 y 13 de la Ley 1715 de 2014, respectivamente, sobre incentivos tributarios en el impuesto sobre la renta, en IVA y en materia arancelaria.

Por su parte, el Art. 55 adiciona a la Ley 1715 de 2014 el Artículo 14-1 para señalar que los beneficios tributarios y arancelarios y los tratamientos fiscales preferenciales que se deriven de lo establecido en el capítulo continuarán vigentes por un plazo de treinta (30) años, contados a partir del 1° de julio de 2021.

 

DECRETOS NACIONALES

 

Contenido del Decreto

Ver norma

Exigencia del carnet de vacunación

Dec 1408/2021

Incentivo a la generación de empleo para cooperativas de trabajo asociado

Dec. 1399/2021

Reglamenta los Regímenes Tributarios Preferenciales

Dec. 1357/2021

Reglamenta el procedimiento de recaudo, declaración, pago y fiscalización de la Contribución Parafiscal para el Turismo

Dec. 1338/2021

PROYECTOS DECRETOS NACIONALES

 

Contenido del Proyecto

Ver Proyecto

Requisitos para pertenecer al Régimen Simple de Tributación y oportunidad para inscribirse

Proy. Dec. 35/2021

Calendario tributario de la Dian para el 2022

Proy. Dec. 32/2021

Requisitos para acogerse a los beneficios de la economía naranja

Proy. Dec. 40/2021

  

DECRETOS ENTIDADES TERRITORIALES

 

Contenido del Decreto

EntidadVer Dec. No.

Medidas sanitarias por pandemia

Bogotá442/2021

Adopta beneficios Art 45, 46, 47 de la Ley 2155/21

Medellín810/2021

 

RESOLUCIONES NACIONALES

 

Objeto de la Resolución

EntidadVer Res. No.

Delegación para decretar prescripción de acciones de cobro

Dian0128/2021

Instrucciones para aplicar el Art 45 Ley 2155/21-reducción sanciones e intereses hasta Dic-2021

Dian0126/2021

Información exógena por el año gravable 2022- Obligados, contenido y especificaciones técnicas

Dian0124/2021

Cálculo de ingresos para apoyo a afectados por el paro nacional

Minhacienda02474/2021

Modificación del cálculo de ingresos para el programa PAEF

Minhacienda02430/2021

Aumento aforo para asistir a eventos masivos

Minsalud01687/2021

 

PROYECTOS RESOLUCIONES NACIONALES

 

Objeto del Proyecto

EntidadVer. Proy. No.

UVT para 2022 quedaría en $38.004

Dian052/2021

Documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a facturar

Dian051/2021

Registro de beneficiarios finales (RUB)-Obligados a reportarlos

Dian050/2021

 

COMUNICADOS DE PRENSA DE LA DIAN

 

Contenido del comunicado

Ver Com. Prensa

Beneficios reforma tributaria Ley 2155/2021

152/2021

Plazo pago anticipo impuesto de normalización del 2022

146/2021

Página fraudulenta utiliza información sobre firma electrónica

143/2021

ABC reducción Transitoria Sanciones e Intereses

043/2021

Semana de la Cultura de la Contribución

040/2021

ABC días sin IVA

038/2021

 

COMUNICADOS DE PRENSA OTRAS ENTIDADES

 

Contenido del comunicado

EntidadVer Com. No.

Alivios tributarios por pandemia en Bogotá́ hasta 15-12-2021

Bogotá046/2021

ABC beneficios Ley 2155/21 en Medellín

MedellínSin No.

ABC PAEF micro y pequeñas empresas. Observamos que este beneficio fue extendido para empresas que tengan hasta 50 empleados, sin que sea relevante si es considerada Mipyme o no. En tal sentido, el comunicado de la UGPP ha desorientado a los bancos y ciudadanos.

UGPP004/2021

 

CIRCULARES

 

Varios Ministerios imparten instrucciones sobre medidas para el desarrollo de los días sin IVA en el marco de la reactivación económica segura

Los Ministerios de Salud y Protección Social, de Comercio, Industria y Turismo y del Interior hacen un llamado a los gobernadores y alcaldes municipales y distritales para cumplir con las instrucciones que se formulan en la misma Circular, en el marco de las normas que adoptaron los días sin IVA.

(Ver Cir. Conjunta 30421 del 2021)

La UPME se pronuncia sobre información relevante para certificaciones de Proyectos FNCE Y GEE

Mediante Circular Externa, el Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME realiza algunas precisiones frente a la gestión de los trámites de expedición de certificados de incentivos tributarios. Lo anterior, debido a los cambios contenidos en la Ley 2099 “por la cual se dictan disposiciones para la transformación energética, la dinamización del mercado energético y la reactivación económica del país” expedida el pasado 10 de julio de 2021, en donde se modificó el régimen de incentivos tributarios aplicables a los proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía -FNCE y Gestión Eficiente de Energía -GEE.

(Ver Cir Ext UPME 00035 del 2021)

 

SENTENCIAS DEL CONSEJO DE ESTADO

 

Las Planilla Integradas Liquidación Aportes (PILA) se someten al término de firmeza tributario

El C. de E, consideró: “…la Sección ha aclarado que la PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) constituye una verdadera autoliquidación tributaria y, como tal, produce todos los efectos propios de ese tipo de declaración.” Y concluyó: “[A]dvierte la Sala que las normas que disciplinan el procedimiento de revisión instituido en el Estatuto Tributario – y, en particular, la previsión del artículo 714 ejusdem– son compatibles con la naturaleza del procedimiento de modificación oficial de las liquidaciones privadas de aportes parafiscales, pues ambas actuaciones tienen como presupuesto fáctico y eje central la declaración tributaria, de manera que ambos procedimientos están encaminados a una finalidad común: corregir los yerros en que eventualmente haya incurrido el contribuyente al autoliquidar su obligación tributaria. Por consiguiente, las diferencias en la denominación de los actos que componen tales actuaciones no excluyen a la fiscalización que lleva a cabo la UGPP de la aplicación de las reglas del ET, pues, de lo contrario, se tornaría inoperante el reenvío normativo efectuado por el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007.”

(Ver Sent. C. de E. 24196 de 2021)

Corrección en Precios de Transferencia puede tomar como parte analizada una diferente a la inicial

La Sentencia estima que: “…En este orden de ideas, la acora podía corregir su DIIPT y su documentación comprobatoria, se debió tener en cuenta la información remitida en sus correcciones, la demandante tenía la libertad de elegir su análisis de la empresa extranjera, y cumplió con los requisitos de información comprobatoria junto con el principio de plena competencia. …”. Por consiguiente anula los actos demandados y ordena el restablecimiento del derecho de la sociedad actora.

(Ver Sent. C. de E. 20641 de 2021)

En la determinación de la Contribución de Obra Pública aplica procedimiento del CPACA y en su base gravable se excluye el Iva repercutido

Considera el C. de E.: “…en la sentencia de unificación 2020-CE-SUJ-SP-001, del 25 de febrero de 2020 (exp. 22473, CP: William Hernández Gómez), en la cual se determinó que las normas que rigen el impuesto denominado «contribución de obra pública» no establecieron que, en el procedimiento de determinación del tributo, fueran aplicables las disposiciones previstas en el ET para el procedimiento de aforo.”

Igualmente, precisa: “… no se realiza el hecho generador del tributo por aquella parte del pago realizado por la entidad contratante al contratista para soportar la repercusión del IVA causado por los servicios prestados por este, pues no se subsume en el supuesto fáctico prescrito por la ley como determinante del nacimiento de la obligación tributaria denominada «contribución de obra pública»”

(Ver Sent. C. de E. 25466 de 2021

Anulado límite mensual de 420 UVT por beneficios tributarios en la base retención en la fuente por rentas de trabajo

Considera la Sentencia: “…se evidencia que la aplicación del límite de 420 UVT mensuales para retenciones en la fuente sobre eventuales aportes a cuentas AFC y Fondos de Pensiones que superen ese límite restringiría los beneficios asociados a dichos aportes, respecto de la parte que exceda el límite mensual de UVT y, en esa medida, la Sala estima que la norma reglamentaria acusada conllevaría un efecto inequitativo para ese segmento de ahorradores.” Por tanto decide: “1.- ANULAR el aparte “es decir cuatrocientos veinte (420) Unidades de Valor Tributario – UVT mensuales”, contenido en el parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6. del Decreto 1625 de 2016, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

(Ver Sent. C. de E. 24047 de 2021)

 

CONCEPTOS DE LA DAF Y DE LA SUPERSOCIEDADES

 

Beneficios del Art. 45 Ley 2155 de 2021 aplican a nivel territorial sin necesidad de acto administrativo especial

Señala la entidad: “…se evidencia que el legislador acudió a una redacción de carácter imperativo …, lo que aunado al hecho de que no difirió su aplicación a la intervención de ninguna autoridad o corporación administrativa del nivel territorial, permite colegir que la norma aplica por mandato expreso del legislador, sin que … se haga necesaria su adopción mediante acto administrativo…”

(Concepto DAF 50695 del 2021)

Régimen cambiario no autoriza compensación de obligaciones entre residentes y no residentes para extinción cambiaria de obligaciones derivadas de endeudamiento externo

 Entre otras consideraciones y conclusiones, la Supersociedades estima que: “Conforme a lo expuesto en el concepto DCIN-CA-05720-2021 del 1 de marzo de 2021 Ref.: BOG-DER-05285-2, emitido por el Banco de la República, citado en el acápite anterior, es claro que, en operaciones cambiarias de endeudamiento externo, no son aplicables los artículos 1714 y siguientes del Código Civil colombiano. Por tanto, se reitera que las disposiciones cambiarias colombianas no autorizan la compensación de obligaciones entre residentes y no residentes como mecanismo para la extinción cambiaria de obligaciones derivadas de operaciones de endeudamiento externo con dividendos de una inversión extranjera, dado que se trata de una operación de obligatoria canalización.”

(Ver Con Supersociedades 220-154338 de 2021)

 

CONCEPTOS DE LA DIAN

 

Los gastos de desplazamiento, permanencia y de viaje pagados a contratista independiente están gravados

Señala el concepto que: “… si el contratista de prestación de servicios recibe remuneraciones por diversos conceptos como transporte, manutención y alojamiento dentro del pago de su compensación por servicios personales, es decir, parte del pago de los servicios contratados, este valor, debe ser catalogado como ingreso gravado de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 del Estatuto Tributario, e independientemente de que sean rentas de trabajo, tal y como lo sostuvo este Despacho en el Oficio No. 001442 de 21 de enero de 2019.” Igualmente precisa que si el contratista está obligado a facturar debe facturarlos.

(Ver Con Dian 1266 de 2021)

Dividendos distribuidos por sociedades del SIMPLE

Entre otras cosas el concepto indica: “… los dividendos gravados por las sociedades que se acogen al régimen simple de tributación- SIMPLE son aquellos que no estuvieron sometidos en su totalidad al impuesto unificado en cabeza de la sociedad y, por ello, deberán gravarse al momento de su distribución a la tarifa general que dispone el artículo 240 del Estatuto Tributario y el inciso 2 del artículo 242 del mismo Estatuto.

Ahora, los dividendos no gravados por las sociedades que se acogen al régimen simple de tributación- SIMPLE son aquellos sobre los cuales la totalidad del ingreso estuvo sometido completamente al impuesto unificado en cabeza de la sociedad y, por ello, no deberán gravarse al momento de su distribución a la tarifa general dispuesta en artículo 240 del Estatuto Tributario. No obstante, se precisa que estas utilidades estarán gravadas a la tarifa marginal dispuesta en el inciso 1 del artículo 242 del Estatuto Tributario.”

(Ver Con Dian 1264 de 2021)

No actualizar el RUT es una conducta instantánea

Señala el concepto: “…la norma establece una infracción de comisión instantánea, cuyo hecho sancionable se comete el día siguiente después de transcurrido un mes posterior al hecho que genera la actualización requerida,…”

(Ver Con Dian 1215 de 2021)

Precisiones sobre beneficios tributarios de la economía naranja

La Dian responde varias preguntas sobre diferentes aspectos relativos a los beneficios tributarios de la economía naranja

(Ver Con Dian 1213 de 2021)

Aporte de sociedad extranjera a sociedad nacional no está sujeta a Precios de Transferencia

Precisa el concepto: “…toda vez que los aportes recibidos por sociedades nacionales de sociedades o entidades vinculadas extranjeras no se encuentran dentro de los tipos de operaciones contemplados dentro del artículo 1.2.2.3.2. del Decreto 1625 de 2016 como sujetos al régimen de precios de transferencia, no se requiere que se incluyan dentro de la declaración informativa de precios de transferencia.”

(Ver Con Dian 1151 de 2021)

Lineamientos descuento del IVA en Renta

Señala la DIAN: “No se encuentra expresamente contemplada la posibilidad de fraccionar el descuento tributario contemplado en el artículo 258-1 [del E.T.] – como lo consulta el peticionario – ni aprovechar el exceso del mismo, producto de los límites de que trata el citado artículo 259, en los años gravables siguientes, como sí lo prevé el artículo 258 del Estatuto Tributario para otros descuentos tributarios….”

(Ver Con Dian 1130 de 2021)

Excepción a regla subcapitalización no aplica a toda la cadena

Estima el concepto: “…no es posible extender dicha excepción a todos los niveles de la cadena de préstamos, puesto que de la lectura de la norma se encuentra que la excepción a la regla de subcapitalización contenida en el parágrafo 5° del artículo 118-1 del Estatuto Tributario es aplicable únicamente al nivel de la sociedad de propósito especial que realiza el pago de intereses a su vinculado económico por el endeudamiento generado para desarrollar el proyecto de infraestructura.”

(Ver Con Dian 1108 de 2021)

Concepto general sobre aplicación beneficios el Art. 45 de la Ley 2155 de 2021

La Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN absuelve diferentes interrogantes que se han formulado en torno a la interpretación y aplicación del artículo 45 de la Ley 2155/21.

(Ver Con Dian 415 de 2021)

Descuento Art. 255 del E.T. requiere certificación previa a la declaración

 Reitera que, al no aplicar analogía alguna, la certificación ambiental debe ser expedida antes de la declaración de renta.

(Ver Con Dian 1101 de 2021)