Boletín Tributario #62

DECRETOS NACIONALES

 

Aplazamiento día sin IVA

El Gobierno Nacional decide suspender la realización del día sin IVA y advierte que la nueva fecha se definirá con posterioridad de acuerdo con lo dispuesto en el Art.22 y siguientes de la Ley 2010 de 2019. Cabe observar, al margen de la conveniencia por razones de salud pública, que el decreto expedido es abiertamente inconstitucional, porque un reglamento no puede modificar lo dispuesto en un Decreto Ley, como fue el medio en el que se había establecido el día sin IVA. Este proceder el gobierno constitiuye un abuso frente al Estado de Drecho que rige en Colombia.

(Ver D.R. 1044 de 2020)

 

Conciliaciones judiciales y terminación por mutuo acuerdo de procesos de competencia de la DIAN y la UGPP

Desarrolla las normas de la última reforma tributaria sobre las conciliaciones judiciales y la teminación por mutuo acuerdo de procesos de la DIAN y la UGPP, incluido lo relacionado con las facilidades de pago para su viabilidad.

(Ver D.L. 1014 de 2020)

 

Deducción por contribución a educación de los trabajadores y por inversiones en programas o centros de atención de estimulación y desarrollo integral y/o de educación inicial

 Reglamenta el artículo 107-2 del Estatuto Tributario que contempla la deducción por contribución a la educación de los trabajadores y por inversiones en programas o centros de atención de estimulación y desarrollo integral y/o de educación inicial.

(Ver D.L. 1013 de 2020)

 

Remate virtual en procesos de cobro coactivo

 Regula los principios y el procedimiento para el remate virtual de bienes en el proceso de cobro coactivo.

 (Ver D.L. 1012 de 2020)

 

Precisiones sobre el impuesto de normalización

Se reglamenta el impuesto complementario de normalización, precisando diferentes aspectos para su aplicación.

(Ver D.R. 1010 de 2020)

 

Crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación

 Incluye precisiones sobre la forma como las MIPYMES pueden hacer efectivo el crédito fiscal y la obteción de TIDIS por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de personal con título de doctorado

(Ver D.R. 1011 de 2020)

 

Prolongación del aislamiento

Prolonga el aislamiento obligatorio hasta las cero horas (OO:OO) del día 1 de agosto de 2020  e imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia y para el mantenimiento del orden público.

(Ver D.R. 990 de 2020)

 

Aplazado el pago de la contribución especial para la promoción del turismo

Los sujetos pasivos de la contribución parafiscal para la promoción del turismo tendrán plazo para presentar y pagar las liquidaciones privadas correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año 2020, hasta el día 30 de diciembre de 2020.

(Ver D.R. 981 de 2020)

 

Devoluciones automáticas de saldos a favor

Reglamenta los Arts. 850 y 855 del E.T. y 3 del D.L. 807 de 2020 contemplan las devoluciones automáticas de saldos a favor. El decreto mantiene la tesis del Gobierno de que lo automático se concreta en reducir el término para resolver por la DIAN a 15 días, en contra del sentido gramatical de la palabra “automática

 (Ver D.R. 963 de 2020)

 

Rendimiento mínimo por préstamos entre sociedades y socios para el 2020

Señala que para el año gravable 2020, se presume de derecho que todo préstamo en dinero, cualquiera que sea su naturaleza o denominación, que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas, o estos a la sociedad; genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión del 4.48 %, de conformidad con lo señalado en el Art.35 E.T.

 (Ver D.R. 886 de 2020)

 

Designación de miembros internacionales en Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios

 Señala los expertos internacionales que serán miembros de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios

 (Ver D.R. 855 de 2020)

 

RESOLUCIONES Y CIRCULARES DIAN

 

Modificación de la Información a reportar por ventas exentas en días sin IVA

Se Modifíca el la Resolución 000064 del 18 de junio de 2020 – Información a entregar por parte del responsable,  por las ventas de los días sin IVA

(Ver Res Dian 075 de 2020)

Formulario del Imuesto de Patrimonio

Prescribe el formulario 420 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los contribuyentes y responsables del Impuesto al patrimonio por los años gravables 2020 y 2021.

(Ver Res Dian 074 de 2020)

Presentación Informe Local e Informe Maestro de Precios de Transferencia

Indica el procedimiento para la presentación del informe local y el informe maestro de la documentación comprobatoria y se adoptan el contenido y las especificaciones técnicas de la información que debe presentarse a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, correspondiente al año gravable 2019 o la fracción de año gravable 2020.

(Ver Res Dian 066 de 2020)

Presentación declaración informativa de Precios de Transferencia e Informe País por País

Señala el procedimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia – Formulario 120, así como para la notificación del Informe País por País y se adopta el contenido y las especificaciones técnicas de la información que debe presentarse a través de los servicios informáticos de DIAN, correspondientes al año gravable de 2019 o la fracción del año gravable 2020.

(Ver Res Dian 065 de 2020) 

Información a reportar por ventas exentas en días sin IVA

Establece la información a reportar por los responsables sobre las ventas exenta durante los días sin IVA, e indica que deberán tener en cuenta los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2669 Versión 1 e indica como plazo a más tardar el 31-08-20.

(Ver Res Dian 064 de 2020)

 

Funcionario competente para señalar retenedores de IVA

Delegar en el Director de Gestión de Ingresos de la DIAN, la función de designar y retirar la calidad de agentes de retención en el IVA a que se refiere el numeral 2 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, según los requisitos, causales y procedimientos establecidos para el efecto por la entidad.

(Ver Res Dian 063 de 2020)

 

Presentación informes ventas e importaciones de insumos medicos exentos de IVA

Establece que la presentación de la información de que trata la circular Nro. 007 de 29-05-20 del Director de Gestión de Fiscalización, para las operaciones de venta o importación realizada en los meses de junio, julio y agosto de 2020, deberá efectuarse dentro de los 5 primeros días del mes siguiente y señala como debe proceder la División de Fizcalización de la Seccional de la DIAN cuando la recibe para remitirla al nivel central.

(Cir. Dian 00009 de 2020)

 

Notificación Electrónica de actos de la DIAN opera a partir del 2 de julio de 2020

Informa que dando cumplimiento a lo establecido en los Arts. 3 y 10 de la Resolución No. 038 del 30-04-20, informa a los contribuyentes y ciudadanía en general, que a partir del 2-07-20, se implementará la notificación electrónica de los actos administrativos expedidos por la DIAN, a que se refiere dicha resolución.

(Cir. Ext. Dian 00008 de 2020)

 

COMUNICADOS DE PRENSA DIAN

 

Panamá reportará información a la DIAN sobre activos de colombianos

 La DIAN informa que a partir del seundo semestre del 2020, Panamá intecmbiará información de manra automática con la DIAN

(Com. Dian 00048 de 2020)

 

COMUNICADOS Y CIRCULARES UGPP

 

Formato postulación a los programas de apoyo PAEF y PAP

La UGPP ha estructuró un formulario tipo adjunto, que contiene la información que deberá ser enviada por las entidades financieras, a quienes se dirige la presente circular, y debe ser diligenciada en su totalidad en los formatos que cada entidad financiera ponga a disposición de quienes se postulen como posibles beneficiarios de los programas PAEF y PAP.

(Ver Cir Ext UGPP 0003 de 2020)

 

Preguntas frecuentes sobre el PAEF

La UGPP publica documento que contiene respuestas a las preguntas frecuentes sobre el PAEF.

(Ver Com. UGPP 5 de 2020)

 

ACTOS DEL CONSEJO NACIONAL DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (CNBTCTI)

 

Autorización para convocatoria para acceso a beneficios tributarios

El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, autoriza al MINTIC el desarrollo de una convocatoria para el acceso a los beneficios tributarios de deducción y descuento, establecidos en los Arts. 158-1, 256 del E.T. por 3 semanas desde el 26-06-20.

(Ver Acuerdo CNBTCTI 24 de 2020)

 

DECRETOS DE BOGOTÁ

 

Medidas sobre aislamiento obligatorio en Bogotá

Imparten órdenes para dar cumplimiento a la medida de aislamiento preventivo obligatorio y se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en las diferentes localidades del Distrito Capital

(Ver Dec Alcaldía de Bogotá 169 de 2020)

 

 

CONCEPTOS UGPP

 

Precisiones sobre trabajadores por cuenta propia para efectos de las presunciones de costos y gastos que restan del IBC.

Incluye lineamientos para precisar los conceptos de trabajador independiente por cuenta propia, contratista de prestación de servicios y con contratos distintos a éste, dado que no han sido definidos expresamente por la ley o el reglamento, y concluye que “en la actividad M- Actividades profesionales, científicas y técnicas, podrán deducir el 61.9% los trabajadores que desarrollen estas actividades sin mediar contrato de prestación de servicios personales, es decir, que no ejerce la actividad directamente por su cuenta y riesgo sino al servicio de otro.”

(Con UGPP 2020112001803341 de 2020)

 

CONCEPTOS DE LA DIAN

 

Cálculo empleos en sociedades fusionadas para Régimen ZESE

Precisa que la sociedad absorbente deberá calcular el aumento del 15% del empleo directo de trabajadores vinculados de los dos (2) últimos años gravables anteriores al año fiscal en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria – ZESE.

(Ver Con Dian 00759 de 2020)

En procedimiento abreviado de devoluciones no aplica parágrafo 3 Art. 855 ET

La prórroga del plazo para decidir para la DIAN, por presentación de la solicitud dentro 2 meses siguientes a la corrección, no aplica en el procedimiento abreviado de devoluciones.

(Ver Con Dian 00763 de 2020)

Inadmisión de solicitudes de devolución abreviada

Frente a la inadmisión de la solicitud en el trámire de devouciones abreviadas, continúa trámite bajo este procedimiento, si se subsana dentro del mes siguiente.

(Ver Con Dian 00771 de 2020)

 

JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO

 

Estimacion indirecta del impuesto de patrimonio

En criterio sostenido por esta Sala, la determinación del impuesto al patrimonio se puede realizar mediante una estimación directa o indirecta. Esta última procede por la omisión del deber de presentar la declaración privada del impuesto al patrimonio, y la Administración estima la base imponible no declarada con fundamento en la última declaración de renta,

(Ver Sent. C. de E. 24000 de 2020)

 

El error como causal de exculpación frente a las sanciones

Señala Sentencia:

“ Lo determinante con miras a exonerar de la reacción punitiva es establecer si el «criterio» desplegado por el administrado tuvo causa en un equivocado juicio de comprensión sobre la interpretación, vigencia o existencia del tipo infractor y sus respectivos ingredientes normativos, el cual propició en él la errónea creencia de no incurrir en un comportamiento antijurídico.

… observa la Sala que el ordenamiento no habilita a los declarantes para que de manera autónoma doten de efectos a la causal de exculpación, pues deben plantearle la cuestión a la autoridad, convocándola para que evalúe las razones argüidas y adopte una decisión al respecto.

Bajo las normas vigentes, aunque el infractor puede realizar directamente la corrección de la declaración sin imponerse la sanción por corrección, por disposición del aparte final del inciso 3.o del artículo 588 del ET, concomitantemente a la corrección deberá iniciar un procedimiento administrativo por medio del cual le planteará y le explicará a la autoridad «las razones en las que se fundamenta» su tesis en el sentido de que para el caso no habría lugar a la imposición de la sanción por corrección al haber cometido la infracción bajo un error de apreciación del derecho aplicable; al tiempo que le solicitará su aquiescencia;…”

(Ver Sent. C. de E. 21640 de 2020)

 

Transparencia fiduciaria- Activos subyacentes como acciones restan base enta presuntiva

Frente a la pretensión del apelante, de que procedía la detracción del valor patrimonial neto de los derechos fiduciarios que poseía la demandante a 31 de diciembre del año 2000, la Sentencia: “… los derechos fiduciarios son representativos de los activos subyacentes del patrimonio autónomo y, por ello, tienen la calidad y naturaleza tributaria de tales activos, de manera que el fideicomitente titular de tales derechos fiduciarios conserva, a través de estos, las características de aquellos. En el caso concreto, los activos subyacentes son acciones en sociedades nacionales, y una de las características o condición tributaria de esos activos, que es la que interesa, consiste en que su valor patrimonial neto puede ser restado del patrimonio líquido que sirve de base para calcular la renta presuntiva (letra a. del artículo 189 del ET). Por consiguiente, considera la Sala que esa naturaleza tributaria de las acciones poseídas a través del patrimonio autónomo se refleja en los derechos fiduciarios poseídos por la demandante a 31 de diciembre del año 2000, de manera que es procedente excluir el valor patrimonial neto de los mismos para determinar la renta presuntiva del año gravable 2001, conforme lo ordenan los artículos 188 y 189 del ET.” (Subrayas no son del texto)

(Ver Sent. C. de E. 22918 de 2020)